Dins una estona tots els Grups Parlamentaris votarem una esmena conjunta a la moció que CiU ha presentat instant al Govern espanyol a promoure un Pla de Rescat per als Autònoms.
El malestar entre autònoms i petits empresaris és enorme. Els problemes de liquiditat, de manca d’accés al crèdit, de morositat llastren avui l’activitat econòmica. Cada dia a Catalunya uns 160 autònoms es donen baixa. La gent que té empenta, que té idees i vol arriscar no troba un entorn que facilitin la seva activitat. I els autònoms que pleguen es troben sense xarxa de protecció social.
La moció que avui aprovarem intenta donar resposta a aquestes inquietuds i problemes. Hem treballat per a fer possible un consens amb tots els Grups del Congrés. Però el contingut d’aquesta moció no esgota les nostres ambicions en aquest àmbit. Hi continuarem treballant. També per a fer possible que els compromisos d'avui siguin realitats ben aviat.
“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
Impulsar un Plan de Rescate para los Trabajadores Autónomos, que se traduzca en la adopción de medidas concretas y dotadas presupuestariamente en una triple dirección: mantener la actividad de los trabajadores autónomos, apoyar la creación de nuevo empleo por parte de los autónomos, y mejorar la protección de aquellos trabajadores autónomos que no van a poder seguir en su propia actividad. El Plan contendrá, entre otras medidas, las siguientes:
Modificar, simplificar y ampliar el acceso de los autónomos a las líneas de financiación del ICO con el objeto de facilitar la financiación incrementando el aval del ICO del 50 al 60 por ciento.
Trabajar para articular medidas que faciliten el aplazamiento del pago de impuestos y cotizaciones sociales a los trabajadores autónomos.
Apoyar y divulgar el Convenio recientemente promovido por la DGPYME, que cuenta con una línea de avales de 500 millones de euros, a través del sistema de garantías ofrecido por las Sociedades de Garantía Recíproca, rubricado por ATA, UPTA y CEAT.
Crear un programa de ayudas y de financiación para el comercio minorista, familiar y de proximidad, para el mantenimiento y mejora de sus negocios, con la participación de los Ministerio implicados.
Plantear, en el marco del Pacto de Toledo, durante este año, la conveniencia de introducir bonificaciones a la contratación de los trabajadores que sustituyan a un autónomo o a otro trabajador declarado en situación de incapacidad temporal.
Impulsar el acceso a los recursos para la formación continua de los trabajadores autónomos, en los términos que se pacten con las asociaciones representativas del trabajo autónomo.
Impulsar la aplicación de las bonificaciones previstas en la Ley 47/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, a las contrataciones que realicen los trabajadores autónomos, así como la creación de una bonificación del 50 por ciento de las cuotas sociales durante 24 meses para el primer asalariado con contrato indefinido del autónomo.
Estudiar y analizar la incentivación a la suplencia y continuidad del empleo con ayudas a los autónomos mayores de 60 años.
Incrementar el porcentaje de la prestación por desempleo susceptible de capitalización hasta el 80 por ciento para hombres jóvenes hasta 30 años y mujeres jóvenes hasta 35.
Ampliar los beneficios de las “subvenciones durante el proceso de búsqueda de empleo”, reguladas en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, a aquellos trabajadores autónomos que cesen en su actividad por causas objetivas y no dispongan de otra fuente de ingresos, así como cualquier otra prestación de carácter no contributivo.
Remitir al Congreso de los Diputados, en este período de sesiones, un Proyecto de Ley reguladora de la prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos, en cumplimiento de la disposición adicional cuarta del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Velar por la aplicación de lo previsto en el artículo 10 del Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de garantías económicas
Impulsar la posibilidad de jubilación anticipada por trabajos tóxicos, penosos y peligrosos, mediante el desarrollo reglamentario de la disposición adicional segunda de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. Concluir los estudios necesarios para abordar la jubilación parcial a partir de los 60 años.
Dar las instrucciones oportunas a la Agencia Tributaria con objeto de facilitar el aplazamiento y fraccionamiento de las cuotas de IVA a ingresar por los autónomos”
Establecer mecanismos para reducir la morosidad de las Administraciones Públicas y organismos oficiales, en paralelo a la necesaria mejora de la suficiencia financiera de dichas Administraciones y, en particular, de la Corporaciones Locales.
Desarrollar el Estatuto del Trabajo Autónomo en su integridad.”
Martes, 17 de marzo de 2009